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Muñoz recurre al Supremo las dos sentencias que anulan el texto refundido

J. C. A. | 04/11/2020
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Muñoz recurre al Supremo las dos sentencias que anulan el texto refundido
  • El Ayuntamiento de Marbella. (Foto: J.C.A.)
La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, ha decidido recurrir ante el Tribunal Supremo las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anulaban la aprobación que hizo en 2017 el equipo de gobierno de PP y OSP del texto refundido del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de 1986. En consecuencia, no son todavía firmes. 

Las dos sentencias, con fechas de 31 de enero de 2020 y de 30 de septiembre de 2020 de la Sala de los Contencioso del TSJA, anulaban el acuerdo plenario adoptado el 29 de septiembre de 2017.

Ese día, el equipo de gobierno decidió aprobar un nuevo texto refundido del PGOU de 1986 para sustituir al que había sacado adelante el tripartito apenas unos meses antes, el 28 de abril. 

El TSJA consideró que la tramitación llevada a cabo por el PP y OSP no se había ajustado a la legalidad y decidió anularla.

Sostenía este tribunal que "la administración puede revocar sus actos, pero siguiendo el procedimiento legal", por lo que restableció la validez del anterior texto refundido.

Pero ambas sentencias no son todavía firmes, ya que, según ha podido conocer Marbella24horas, el Ayuntamiento ha recurrido las dos. 

El último escrito de preparación de recurso de casación ante el Tribunal Supremo se presentó el pasado 2 de noviembre. El equipo de gobierno mantiene que obró de forma correcta.

Consideran los letrados municipales que el TSJA anuló el acuerdo por no haberse seguido el procedimiento necesario, pero que no indica cuál "en concreto tenía que haber seguido". 

El Ayuntamiento alega que obró conforme al artículo 38.4 de la LOUA, que establece que la aprobación de un texto refundido se realizará por el Pleno y no es necesario un trámite de información pública y periodo de alegaciones.  

Incluso, llegaron a solicitar una aclaración de sentencia al Tribunal Superior de Justicia, que no la consideró necesaria. 

Ahora será el Tribunal Supremo el que decida si admite o no estos recursos de casación. Lo lógico es que se pronuncie antes sobre el primero de ellos, respecto a la sentencia de enero de 2020, algo que todavía no ha hecho. 

Noticia relacionada: 
- El TSJA ratifica otra vez la chapuza de Muñoz con el texto refundido del PGOU

COMENTARIOS
Comentarios ( 2 )     Página 1 de 1
Comentario + valorado
Vecino
05/11/2020 - 13:54H
3
Comentario
�Comentario deficiente!
0
Esto es como el problema del hospital, una patada a la lata para mantener la confrontación con el gobierno central, ahora si cambia y es el PP quien gobierna, se calla y asiente, aquí no pasa nada.
Cristina Falkenberg
06/11/2020 - 07:19H
0
Comentario
�Comentario deficiente!
0
Confío en la justicia y la sentencia del TSJ dio la razón al movimiento ciudadano Ni Un Metro de Marbella Para Otra Población (los "antideslinde"). Lo que decía es que si se ha aprobado un Texto Refundido del PGOU, luego no vale, por vía de corrección de errores, meter toda una serie de innovaciones. Para que una administración pueda revocar un acto debe seguir un procedimiento, que la sentencia entiende no se siguió, por lo que deja sin efecto la segunda versión del PGOU. En esa segunda versión del PGOU, por vía de corrección de errores, se introducía una linde que jamás estuvo ahí, pero que le pegaba un "mordisco" a la ciudad para darle ese suelo a Benahavís, de ahí la importancia del asunto.
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