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Un nuevo reglamento regulará en Marbella las distinciones honoríficas

J. C. A. | 19/10/2015
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Un nuevo reglamento regulará en Marbella las distinciones honoríficas
  • El Ayuntamiento de Marbella. (Foto: J.C.A.)
El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella ha anunciado este lunes que se va a elaborar un nuevo reglamento para la concesión de distinciones honoríficas en el municipio. Regulará, por tanto, el reconocimiento por méritos especiales, servicios extraordinarios, cualidades y circunstancias singulares, además de reconocer la excelencia en cualquier materia. 

De esta manera se articularán y ordenarán por primera vez, y de manera integral, las Distinciones y Honores que otorga el Ayuntamiento, "no quedando las mismas al arbitrio del alcalde o alcaldesa como sucedía hasta el momento", según la nota de prensa en la que se informa de este asunto.

Los reconocimientos que se podrían conceder a partir de su aprobación son los títulos de Hija o Hijo Predilecto, Hija o Hijo Adoptivo o Adoptiva, Medalla de la Ciudad, Cronista Oficial, Título de Visitante Ilustre, Título de Embajador y Firma en Libro de Honor. Todas las distinciones tendrían carácter vitalicio y exclusivamente honorífico.

Tal y como se indica en el borrador del Reglamento, ninguna de las distinciones y honores podrá ser otorgada a personas que desarrollen altos cargos en la administración y respecto a los cuales se encuentra el Ayuntamiento en relación de subordinada jerarquía.

Todas las distinciones, a excepción de los títulos de Embajador y Visitante Ilustre, se realizarán a través de un Decreto de Alcaldía en el que constará el nombramiento del Instructor (concejal designado por Alcaldía) y Secretario (funcionario).

Dicho instructor procederá a practicar una información detallada de los méritos y demás circunstancias que concurren en la persona que se propone que deben estar razonadas (al menos de cinco entidades, centros de carácter oficial, instituciones, sociedades o asociaciones) y fundamentarse en hechos concretos.

Terminada la función informativa el Instructor elevará su propuesta al alcalde o alcaldesa para someterla al pleno del Ayuntamiento, siendo necesaria su aprobación mediante la mayoría absoluta de sus miembros.

Las Medallas de la Ciudad no podrán ser más de siete las concedidas al año y se otorgarán a propuesta de los distintos grupos políticos que componen el pleno municipal, quedando a su discreción la posibilidad de presentar un candidato o candidata a las mismas. El acto de entrega de esta distinción se realizaría de manera anual el 28 de febrero, Día de Andalucía.

En el caso de Visitante Ilustre y Embajador su nombramiento, como consecuencia de la inmediatez con la que habrán de resolverse muchos casos, no requeriría informe previo y se realizaría mediante Decreto de Alcaldía entregándose al pleno del Ayuntamiento para su conocimiento.

La presente normativa derogaría, una vez consignada en pleno, el Reglamento aprobado el día 26 de febrero de 2010, al que sustituirá, sin perjuicio de los derechos de los titulares de las Distinciones concedidas al amparo de dicha reglamentación. 

COMENTARIOS
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20/10/2015 - 13:16H
3
Comentario
�Comentario deficiente!
-2
Se lo podian dar el reconocimiento a la concejala de asuntos sociales por haberle quitado los talleres a las señoras mayores de miraflores que hacian encaje de bolillos, enorabuena a esta concejala , su madre podria estar alli , de verguenza, y el alcalde siguiendo bajandose los pantalones
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