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Las penas en beneficio de la sociedad podrán cumplirse en Obras

Redacción | 02/02/2014
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Las penas en beneficio de la sociedad podrán cumplirse en Obras
  • Las penas podrán cumplirse en servicios a Obras.
El cumplimiento de penas de trabajo en beneficio de la sociedad ha sido ampliado para que puedan ejecutarse al servicio de Obras y Servicios Operativos. De esta manera se aumentan los servicios a los ya existentes en la delegación municipal de Limpieza. El delegado de Bienestar Social ha destacado que estos trabajos "tienen entre sus ventajas que se cumplen en libertad y evita la ruptura de la vida familiar".

El Ayuntamiento de Marbella ha aprobado en Junta de Gobierno Local la ampliación del servicio para el cumplimiento de penas de trabajo en beneficio de la comunidad a la delegación de Obras y Servicios Operativos.

El concejal de Bienestar Social ha asegurado que el Ayuntamiento "es consciente de que los trabajos en beneficio de la comunidad son un tipo de sanción que entre sus ventajas tiene ser una medida que se cumple en libertad y evita la ruptura de la vida familiar, laboral y social del penado".

En este sentido, se amplía el servicio para su cumplimiento incluyendo además de las actividades de la delegación municipal de Limpieza, las de la concejalía de Obras y Servicios Operativos, "diversificando de esta manera la oferta de trabajos en beneficio de la comunidad a realizar".

Cardeña ha recordado que en junio de 2006, el Ayuntamiento firmó un convenio de colaboración con el Ministerio del Interior y con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) por el que se establecía la creación de seis plazas en Marbella para la gestión del cumplimiento de las penas de trabajo.

Tres años después, en febrero de 2009, se acordó el aumento hasta 12 mientras que en 2010 se aprobó eliminar el tope máximo de plazas, ampliándolas hasta llegar a dar cobertura a todas las que sean remitidas por el Servicio Social Penitenciario, si bien hasta ahora las labores a realizar se circunscribían a actividades de la delegación de Limpieza.

El trabajo en beneficio de la comunidad es una actividad complementaria, no remunerada, que no sustituye a puestos de trabajo ni compite con el mercado laboral. Además, la Institución Penitenciaria es la encargada de gestionar el correcto cumplimiento de estas penas.

Con el cumplimiento de este tipo de trabajos se persigue un doble objetivo: por un lado que la persona que ha cometido una infracción leve pueda conmutar la pena impuesta por un trabajo a favor de la comunidad de la que forma parte; y por otro, que su labor revierta en el acondicionamiento y mejora del municipio.

COMENTARIOS
Comentarios ( 1 )     Página 1 de 0
Comentario + valorado
Jaime
02/02/2014 - 19:30H
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Comentario
¡Comentario deficiente!
0
Asi que podrian estar en la delegacion de obras Julian Muñoz y del Nido.
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