La Comisión Promotora de la Segregación y Creación del Municipio de San Pedro Alcántara ha emitido este martes una nota de prensa en la que anuncia que se ha rechazado su recurso ante el TSJA pero que continuará adelante con otro ante el Supremo.
Este órgano interpuso un recurso contencioso administrativo en la sala de Málaga, que ahora ha sido desestimado, contra la decisión de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía que denegaba la emancipación del núcleo poblacional en 2011.
Desde la comisión anuncian que seguirán adelante con su reclamación ante el Tribunal Supremo y en breve ofrecerán los detalles en una rueda de prensa.
Confían que "una instancia superior a los tribunales existentes en Málaga" les pueda dar finalmente la razón para crear el nuevo municipio en la provincia.
"Tal y como ocurriera en su anterior sentencia, esperamos del Tribunal Supremo mayor coherencia y respeto por el ordenamiento jurídico nacional y europeo, que el recibido repetidamente por el Tribunal de Instancia malagueño", señalan.
Esta decisión de la Comisión Promotora se produce solo unos días después de que la asocación Pro Independencia (ISP) decidiera su retorno a la actividad política.
Historia del proceso
El 16 de febrero de 1991, una comisión vecinal de San Pedro de Alcántara presentó en el Ayuntamiento la solicitud de la creación como municipio independiente de dicho núcleo poblacional, por segregación del término municipal de Marbella.
El territorio propuesto también incluía los núcleos de Gualdamina y de Nueva Andalucía, y sus límites concretos eran al oeste el río Gualdamina, al este el río Verde, que quedaba como línea limite con Marbella, al norte los términos municipales de Istán y Benahavís y al sur el mar Mediterráneo.
El Ayuntamiento de Marbella se opuso a la mencionada segregación mediante acuerdo adoptado en sesión plenaria de 14 de abril de 1992.
Con fecha de 25 de mayo de 1992 tuvo entrada en la Consejería de Gobernación la solicitud de creación del nuevo municipio, presentada por la citada comisión vecinal.
Ahí se inició un proceso que concluyó al denegarse la separación el 16 de septiembre de 1994. Tras esa decisión, se produjo el recurso de los solicitantes ante el TSJA, que fue rechazado el 26 de marzo de 2006, por lo que recurrieron al Supremo.
El Alto Tribunal sí estimó en parte las alegaciones del movimiento vecinal, en una sentencia de 25 de marzo de 2009, y ordenó que volviese a comenzar de nuevo todo el proceso como en 1992.
El nuevo expediente concluyó con el
decreto de 29 de agosto de 2011 en el que la Junta volvía a desestimar la creción del municipio de San Pedro Alcántara. Ahí, de nuevo, la comisión vecinal recurrió al TSJA, cuyo fallo es el que se ha conocido ahora y que volverán a llevar en casación al Supremo.
La necesidad de una franja de suelo no urbanizable de 7,5 kilómetros entre el núcleo matriz y el segregado es uno de los principales argumentos que esgrime la Junta, desde donde se considera que la separación, en la zona de Río Verde, es apenas de 55 metros.
La superficie propuesta para la segregación representa una extensión de 28,413 km2, que supone el 24,20% del término municipal de Marbella (117,4 km2).
La población que se incluye, que abarca las dos entidades singulares de San Pedro de Alcántara y Nueva Andalucía, asciende a 47.552 habitantes, distribuidos principalmente en estos dos núcleos, y suponen un 35,32% del peso poblacional de Marbella (134.623 habitantes), según se recoge en el decreto de 2011.
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