En la sentencia, a la que ha tenido acceso
Marbella24horas, el alto tribunal decide "inadmitir el recurso de casación interpuesto por la Comisión Promotora de la Segregación y Creación del Municipio de San Pedro de Alcántara contra la sentencia dictada en fecha 28 de julio de 2015 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga".
De esta forma, por tanto, pone fin al que ha sido el segundo intento por romper el municipio de Marbella, intención que arrancó en 1991 y que siempre ha estado marcada por los distintos reveses judiciales. De todas formas, aún cabe un recurso al Tribunal Constitucional.
En 2015, el TSJA rechazó por segunda vez la segregación (la primera había sido en 2006), pero la Comisión Promotora volvió a presentar recurso de casación. En el primero, el Supremo les había dado parte de la razón y ordenó que volviese a comenzar todo el proceso.
Ahora, en cambio, ha acordado inadmitir la casación e imponer las costas a la parte recurrente. Confirma, por tanto, la sentencia del TSJA en contra de la separación de San Pedro Alcántara y da así por finalizado el proceso, más de 25 años después.
Solo dos argumentos
La Comisión presentó en octubre de 2015 el recurso, con ocho argumentos, de los cuales solo fueron admitidos por el Supremo dos de ellos, que son sobre los que ahora se ha pronunciado.
En el primero de esos motivos, se pedía directamente la anulación del fallo del TSJA en 2015, y en el segundo, que se declarara la nulidad del Decreto de la Junta de Andalucía que desestimaba la solicitud de segregación.
Frente a estos argumentos, el alto tribunal sostiene que ya se ha pronunciado "en varias ocasiones sobre la imposibilidad de revisar en casación la aplicación por parte de los Tribunales Superiores de Justicia de la legislación autonómica".
Por tanto, rechaza los dos motivos expuestos por la parte recurrente, por lo que acuerda "inadmitir" la casación e imponer las costas, que limita en una cantidad máxima de 4.000 euros más IVA.
Historia del proceso
El 16 de febrero de 1991, una comisión vecinal de San Pedro de Alcántara presentó en el Ayuntamiento la solicitud de la creación como municipio independiente de dicho núcleo poblacional, por segregación del término municipal de Marbella.
El territorio propuesto también incluía los núcleos de Gualdamina y de Nueva Andalucía, y sus límites concretos eran al oeste el río Gualdamina, al este el río Verde, que quedaba como línea limite con Marbella, al norte los términos municipales de Istán y Benahavís y al sur el mar Mediterráneo.
El Ayuntamiento de Marbella se opuso a la mencionada segregación mediante acuerdo adoptado en sesión plenaria de 14 de abril de 1992.
Con fecha de 25 de mayo de 1992 tuvo entrada en la Consejería de Gobernación la solicitud de creación del nuevo municipio, presentada por la citada comisión vecinal.
Ahí se inició un proceso que concluyó al denegar la Junta la separación el 16 de septiembre de 1994. Tras esa decisión, se produjo el recurso de los solicitantes ante el TSJA, que fue rechazado el 26 de marzo de 2006, por lo que plantearon casación ante el Supremo.
El alto tribunal sí estimó en parte las alegaciones del movimiento vecinal, en una sentencia de 25 de marzo de 2009, y ordenó que volviese a comenzar de nuevo todo el proceso como en 1992.
El nuevo expediente concluyó con el decreto de
29 de agosto de 2011 en el que la Junta volvía a desestimar la creción del municipio de San Pedro Alcántara. Ahí, de nuevo, la comisión vecinal recurrió al TSJA, que en fallo de 28 de julio de 2015 rechazó de nuevo la segregación.
Entonces, la Comisión Promotora volvió a acudir al Supremo, que ha zanjado el asunto inadmitiendo ese recurso, con la sentencia que se ha conocido este lunes.
Franja de suelo no urbanizable
La necesidad de una franja de suelo no urbanizable de 7,5 kilómetros entre el núcleo matriz y el segregado es uno de los principales argumentos que esgrime la Junta, desde donde se considera que la separación, en la zona de Río Verde, es apenas de 55 metros.
La superficie propuesta para la segregación representa una extensión de 28,413 km2, que supone el 24,20% del término municipal de Marbella (117,4 km2).
La población que se incluye, que abarca las dos entidades singulares de San Pedro de Alcántara y Nueva Andalucía, asciende a 47.552 habitantes, distribuidos principalmente en estos dos núcleos, y suponen un 35,32% del peso poblacional de Marbella (134.623 habitantes), según se recoge en el decreto de 2011.