La sentencia del juez, sobre la que aún cabe recurso, es contundente contra las intenciones de Diego López y hace primar la libertad de expresión en el ámbito de la crítica hacia los políticos.
Todo este asunto arranca a raíz de que
Marbella24horas publicara en exclusiva, el
4 de noviembre de 2015, el gasto telefónico que había realizado el concejal del PP durante un mes y que ascendió a 14.600 euros.
El impacto de esa información fue grande y se hicieron eco otros medios, muchos sin citar la fuente, y el tema acabó en la página "Menéame", un portal de internet en el que los propios usuarios cuelgan noticias para darles mayor difusión.
Ahí, los lectores realizaron distintos comentarios al pie, que Diego López consideró insultantes y procedió a demandar a la empresa titular, Menéame Comunicaciones, a la que solicitaba hasta 30.000 euros de indemnización.
En los comentarios se le calificaba como "hijo de puta" o "ladrón", y fueron retirados por la web cuando tuvo conocimiento de su existencia.
En la sentencia, que ha difundido el propio portal de internet y el bufete Almeida Abogados, el juez asume el criterio de la Fiscalía y considera que las expresiones denunciadas "carecen de entidad suficiente para ser consideradas una intromisión ilegítima o atentado contra el derecho al honor" del edil popular.
Crítica política
El tribunal sostiene que los calificativos son "de mal gusto" pero la califica como "afirmaciones normales dentro del ámbito ordinario de la crítica política en el seno de la ciudadanía, máxime en un contexto como el que existía o imperaba en España a finales de 2015 y desde varios años atrás".
Según el juez, la noticia "hacía referencia a una presunta irregularidad cometida" por Diego Lopez en el ejercicio de su cargo como concejal de Fiestas del Ayuntamiento de Marbella y "no cabe calificarlos de objetivamente injuriosos en relación con dicho contexto".
Los comentarios de los usuarios quedan, por tanto, a criterio de este tribunal "amparados por el ejercicio a la libertad de expresión" y el juez detalla distinta jurisprudencia sobre el reconocimiento de "un ámbito muy amplio de crítica en relación con los personajes públicos, particularmente cargos políticos".
La sentencia establece que las expresiones "no se formulan o dirigen de forma concreta contra una persona, sino como crítica respecto de una determinada forma o manera de actuar en el ámbito político, sin intención de lesionar el derecho al honor".
Desde "Menéame" se alegó que no era responsable de los comentarios de los usuarios y que, ante el gran volumente de información que recogen en su web, les resultaba complejo moderar todos los comentarios, circunstancia esta última que el juez reconoce.
Hay que recordar que el concejal Diego López también presentó una demanda muy similar contra
Marbella24horas por lo comentarios vertidos por los lectores en una noticia en febrero de 2015.
En aquel caso, el asunto se resolvió con un
acuerdo previo al juicio y nunca hubo ninguna condena contra este digital, ni se le pagó ningún tipo de indemnización, como trató de hacer ver.
Por tanto, el resultado de sus demandas por derecho al honor continúa siendo de cero condenas a su favor.