En tres sentencias hechas públicas este miércoles, el Supremo estima los recursos de una comunidad de propietarios y dos sociedades contra otras tantas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que rechazaron sus impugnaciones contra dicha revisión.
Los recurrentes eran las empresas Ale Investment y Europea de Galerías Comerciales, esta última propiedad de Tomás Olivo, además de la comunidad de propietarios de Lomas de Puente Romano.
Las tres sentencias llegan a la misma conclusión de anular la revisión del PGOU marbellí, por varios motivos, como que no correspondía al ámbito de potestad de planeamiento modular la legalización de lo ilegalmente construido.
Por lo tanto, anula todo el proceso de normalización que se emprendió con 16.500 viviendas de las más de 18.000 ilegales que dejaron los gobiernos del GIL. Para poner fin a aquel caos se optó por el borrón y cuenta nueva, aunque con un sistema de compensaciones, que ahora desautoriza el Supremo.
Este es el principal aspecto al que afecta su decisión, ya que inversiones futuras quedarían ahora, sin la normativa de 2010, sometidas al plan vigente de 1986, que fue el que se saltaron a la torera durante la etapa gilista.
A falta de que tanto el Ayuntamiento como la Junta estudien las sentencias, una solución podría ser elaborar un nuevo plan para dar seguridad a los nuevos promotores, aunque la patata caliente son las viviendas ilegales.
El Alto Tribunal sostiene además que el nuevo PGOU no cumplía las normas de evaluación de los efectos medioambientales y no había un informe de sostenibilidad económica.
En su argumentación, el Supremo comienza señalando que es consciente de “la situación de generalizada ilegalidad urbanística existente en el municipio de Marbella, como consecuencia de las numerosas actuaciones llevadas a cabo al margen -o contra- lo previsto en el anterior PGOU del municipio de 1986”.
Situación excepcional
“Igualmente -dada la generalizada amplitud de ilegalidad- somos conscientes de la excepcionalidad de la situación creada, con repercusiones en el ámbito de la gestión política de la ciudad -llegando la misma a ser intervenida en virtud del Real Decreto 421/2006, de 7 de abril, que dispuso la disolución del Ayuntamiento de Marbella-, y con consecuencias en el ámbito de la jurisdicción penal, en el que se han producido condenas de regidores políticos de la ciudad, funcionarios del propio Ayuntamiento y promotores urbanísticos”.
También se declara consciente del intento municipal -y autonómico- para la regularización del modelo urbanístico de la ciudad, plasmado en la Revisión del PGOU pero, a pesar de la expresada situación de excepcionalidad urbanística, y a pesar del "loable intento normalizador", destacan que su obligación es el control de la legalidad de la revisión de 2010.
Los argumento que ofrece el Alto Tribunal para la anulación son, en primer lugar, que no corresponde al ámbito de la potestad de planeamiento modular la legalización de lo ilegalmente construido.
También señala que "no está en manos del planificador alterar o desfigurar el concepto de Suelo Urbano Consolidado".
El Supremo considera además que no resulta jurídicamente posible proceder a la alteración por el planificador de los mecanismos legales de responsabilidad por el incumplimiento de los deberes urbanísticos, considerando como principio esencial la atribución de la misma a los promotores de las construcciones en contra de lo previsto en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008.
Igualmente, señala en su argumentación, que carece de apoyo la exigencia de nuevas prestaciones que alteran el equilibrio del derecho de propiedad y que además dependen de la modulación del nivel de legalización realizado por el propio planificador.
Por último, dice que no queda cumplida la exigencia de la directiva europea sobre evaluación medioambiental, ya que el estudio que consta no analiza las posibles alternativas a la finalmente propuesta, ni siquiera las identifica, y que también falta un informe de sostenibilidad económica.
Toda esta información la ha hecho público este miércoles el Consejo General del Poder Judicial a través de una nota de prensa.
Hay que recordar que el plan de 2010 lo redactó, por encargo de la Junta, el arquitecto Manuel González Fustegueras y contó con el apoyo del PP y del PSOE, aunque este último partido no lo hizo muy convencido en Marbella. Su portavoz entonces, Susana Radío, apostó por el voto favorable para favorecer el desarrollo de la ciudad, pero criticó algunos cambios introducidos por los populares a última hora.
Otros partidos como Izquierda Unida siempre lo han criticado por legalizar los desmanes del GIL.
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